Con el nuevo reagrupamiento aprobado el 14 de diciembre de 2022, Chiapas conservará sus 13 demarcaciones federales, aunque incrementa a seis la representación para la población nativa, señaló el encargado de despecho del INE en la entidad
Eugenio Hernández Saso/Ultimátum
TGZ
Con base en la nueva redistritación, Chiapas conserva sus 13 demarcaciones federales, pero, en el próximo proceso electoral, en vez de cinco tendrá seis de representación indígena, afirmó Baldomero Hernández López, encargado del despacho de la delegación del INE en Chiapas, al ser entrevistado por Alejandro Moguel, en los estudios del diario Ultimátum. “Tenemos cinco distritos electorales considerados indígenas, que son Palenque, Ocosingo, Bochil, San Cristóbal y Margaritas, los cuales tienen más del 40 por ciento de población indígena, en su integración. “Sin embargo, con este nuevo reagrupamiento, se agrega uno más que es Pichucalco, entonces tendríamos, para efecto de la elección 2023-2024, los 13 distritos electorales federales, pero con seis considerados indígenas, por la cantidad de población que tienen en su nueva conformación”, explicó el representante del INE en la entidad. En estas jurisdicciones, precisó, no se puede registrar ningún candidato que no sea indígena porque son criterios que ya tiene el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para la zona, en la distritación que prevalece actualmente.
Es decir, en esas demarcaciones los partidos políticos deben contar con un documento soporte de que su candidato representa a la población indígena, siempre que cumpla con los criterios establecidos. Pichucalco se agregó porque rebasa el 40 por ciento de población indígena en su composición. Explicó, en ese sentido, que este proyecto se aprobó recientemente, el 14 de diciembre, por acuerdo del Consejo General del INE para las 32 entidades del país. “Es un proceso que inició desde el año 2021 y se fue trabajando por bloques en distintas entidades y, en este ejercicio, participaron los partidos políticos que tienen representación nacional ante el INE en los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas”.
También se contó con la participación de una representación de expertos, que se denomina Comité Técnico de Distritación, y las autoridades electorales federales y locales. En los dos ámbitos, como primer ejercicio, el comité de expertos aprobó una serie de criterios para determinar la nueva conformación electoral en el caso de los 300 distritos, y uno de ellos fue el equilibrio poblacional, que no es más que tomar en consideración la cantidad de habitantes en el país y dividirla entre 300 para ver el tamaño y sobre ello trabajar, comentó Hernández López. La otra fue la que se denomina integridad municipal, que tiene que ver con que los distritos electorales se fueran integrando y tuvieran una continuidad geográfica.
Está también el criterio de población indígena y afromexicana, es decir, los municipios que se fueron agrupando para integrar un distrito electoral federal, aquellos que de acuerdo al censo de población rebasan el 40 por ciento de habitantes indígenas o afromexicanos, denominados distritos indígenas. El otro criterio aplicado fue que tuvieran una figura o un polígono regular, y también otro es el de los tiempos de traslado entre las secciones electorales, que es donde se referencia el domicilio de un ciudadano para instalar casillas y ahí puedan ejercer su derecho al voto. “También se mide esta distancia de las cabeceras distritales a la posible sede. A eso le llamamos tiempo de traslado y la continuidad geográfica, que los municipios sean colindantes. Y también había un criterio socioeconómico que utilizó el Consejo General cuando todos los demás no permitían lograr el equilibrio poblacional que acuerda el comité de expertos”, dijo.
El acuerdo que emitió el Consejo General establece que esta distritación va a ser vigente a partir de agosto del presente año, previo al inicio del proceso electoral que arrancará en el mes de septiembre, con la ley actual vigente. Para seleccionar a los candidatos en esos distritos con población nativa, señaló que la persona debe haber prestado su servicio en alguna comunidad indígena o ser originario de la misma; además, la constancia debe ser expedida por una autoridad formal de la comunidad, como el comité escolar, el comisariado ejidal o a veces una comisión de ancianos. Afirmó que, en caso de presentarse alguna inconformidad por estos lineamientos, el procedimiento del registro de candidaturas establece que cuando alguien acude a postular sus candidatos, el INE tiene un término de revisión de la documentación y si no se cumple con los criterios se les da un plazo de 48 horas para que subsanen las deficiencias, y, en su caso, registren un candidato o candidata que sí cumpla con esos requisitos, particularmente de distritos indígenas. El suplente también tiene que ser indígena. Informó que de acuerdo a la legislación vigente el proceso iniciará en el mes de septiembre con la apertura de la sesión del Consejo Electoral y, a partir de ahí, entre los meses de noviembre y diciembre se instalarán los consejos locales a nivel estatal, así como los distritales.
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