La PROFECO señala que los establecimientos que la exigen atentan contra los derechos del consumidor
Alfredo Pacheco/Ultimátum
TGZ
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó que los restaurantes no pueden cobrar la propina a sus clientes y que aquellos establecimientos que la exigen atentan contra los derechos del consumidor.
Recientemente causó revuelo en redes sociales una denuncia de comensales contra el bar “Las Tarimitas” ubicado en la 14ª norte y 2ª oriente de la capital chiapaneca, ya que al pedir la cuenta les marcaron la propina obligatoria.
Los denunciantes señalaron que al pedir la explicación del cobro de la propina con el concepto de “servicio”, el mesero les dijo que a todos los clientes se les cobra la propina porque ellos no ganan un sueldo y reparten el total de las propinas entre el personal.
Sin embargo, la molestia escaló cuando los clientes del citado bar se negaron a pagar por el “servicio” y señalaron que es un cobro ilegal como indicá la PROFECO, por lo que el personal de “Las Tarimitas” los habría amenazado con el argumento de que la propina era obligatoria porque de eso dependía su sueldo.
Cabe recordar que la PROFECO señala que “la propina es una gratificación voluntaria y no puede incluirse en la cuenta sin consentimiento del consumidor”, asimismo, precisó que tampoco hay un monto mínimo, si bien por costumbre se suele dejar el 10 por ciento del total de la cuenta, la dependencia agrega que “tú decides si quieres dar propina y tú estableces el monto”.
En ese sentido, la única obligación de los clientes es pagar por el consumo realizado y si consideran que el servicio lo amerita pueden dejar como propina el monto que ellos elijan.
LO LABORAL
En el tema de las propinas convergen dos aristas, por un lado, los derechos del cliente como consumidor, y por el otro, los derechos del personal de servicio como meseros, empacadores, despachadores de gasolina, entre otros; como trabajadores de un establecimiento comercial.
Las propinas forman parte de una problemática social más compleja, ya que no son obligatorias, pero son parte de los ingresos y de gran importancia para las personas que prestan servicios en diversos establecimientos, no solo de comida, en centros comerciales, supermercados, hoteles, gasolineras, estacionamientos y demás.
Sin embargo, muchos negocios han adoptado una mala práctica laboral y han normalizado que sea parte del salario de las personas trabajadoras y no como un extra; asimismo, hay quienes no les pagan un sueldo a sus trabajadores y las propinas se vuelven la única percepción del personal de servicio; e incluso hay otros que llegan a exigirle a sus empleados les entreguen un porcentaje de las propinas que reciben.
Es importante recordar que el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo señala que las propinas percibidas por los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares y otros establecimientos análogos, son parte del salario del trabajador.
Por lo anterior, las propinas que cobra el establecimiento y que posteriormente se entregan a los trabajadores sí deben integrarse a su salario base de cotización como una percepción de tipo variable, considerando el promedio del importe de las propinas entregadas a ellos en el bimestre anterior al de la comunicación al IMSS.

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