“El derecho al voto activo de las personas en prisión preventiva”
Rodolfo L. Chanona/Ultimátum
El sufragio es el instrumento necesario y básico para el sostenimiento del sistema democrático dentro del Estado moderno, permitiendo que a través de este, los electores coadyuven en su organización política y jurídica.
En el año 2018, dos personas de origen tzotzil recluidas en el Centro Estatal de Reinserción Social “El Amate” del municipio de Cintalapa, Chiapas; impugnaron ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la omisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de emitir lineamientos que les permitiera ejercer su derecho a votar como personas recluidas, sin haber sido condenadas a través de sentencia judicial.
Por lo que la Sala Superior, bajo una interpretación evolutiva del derecho al voto, resolvió en sentencia dictada en el expediente SUP-JDC-352/2018 y acumulado, la salvaguarda del derecho de las personas que se encontrasen en prisión preventiva para las elecciones de 2024; ordenando al INE la implementación de una etapa de prueba piloto antes de ese año, por lo que debería establecer el cómo, cuándo y dónde se ejercería el aludido derecho a votar de las personas que se encontraran en reclusión.
Quedando a cargo del INE definir bajo sus atribuciones, sí el ejercicio del derecho al voto debería aplicarse solamente en la elección presidencial o en elecciones locales; lo cual dependería de las necesidades y posibilidades administrativas y financieras, debiendo fijar el mecanismo que se implementaría para que las personas en prisión preventiva pudieran sufragar desde prisión.
En consecuencia, el Consejo General del INE con fecha 03 de febrero del año 2021, emitió los acuerdos correspondientes en donde atendió las directrices dispuestas en la sentencia del Tribunal Electoral, coordinándose con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a través de un grupo de trabajo, mediante el cual se determinó que Centros Federales de Readaptación Social (CEFERESOS) participarían en la prueba piloto durante el proceso electoral federal 2020-2021, incluyéndose las cinco circunscripciones electorales federales plurinominales y tomándose en consideración factores de gobernabilidad y seguridad.
Dentro de los CEFERESOS contemplados para dicha prueba fueron: en la Circunscripción Primera, el ubicado en el Estado de Sonora CEFERESO No. 11 CPS, Varonil; en la Circunscripción Segunda, en el Estado de Guanajuato, CEFERESO No. 12 CPS, Varonil; en la Circunscripción Tercera, en el Estado de Chiapas, CEFERESO No. 15 CPS, Varonil e intercultural; en la Circunscripción Cuarta, en el Estado de Morelos, CEFERESO No. 16 CPS, Femenil; en la Circunscripción Quinta, en el Estado de Michoacán, CEFERESO No. 17 CPS, Varonil. Posteriormente en las elecciones estatales del 2023 se realizarón pruebas piloto en los Estados de Coahuila y Estado de México.
Actualmente la Comisión de Capacitación y Organización Electoral del INE aprobó -por unanimidad- Los Lineamientos, el Modelo de Operación y la Documentación Electoral para la Organización del Voto de las Personas en Prisión Preventiva en el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024; estos lineamientos tienen por objeto garantizar el voto anticipado de 92 mil 792 personas que se encuentran en prisión preventiva en 282 centros penitenciarios de las 32 entidades federativas de la República, durante el Proceso Electoral Concurrente 2023- 2024.
Permitiendo que a través de la modalidad de voto anticipado, las personas en prisión preventiva que no han sido sentenciadas, puedan participar en la elección de la Presidencia de la República y en las elecciones locales de Chiapas y Ciudad de México -por gubernatura o Jefatura de Gobierno, diputaciones y ayuntamientos o alcaldías- y, en el caso de Hidalgo, lo correspondiente a los ayuntamientos.
Este ejercicio de voto anticipado de las personas que se encuentran en prisión preventiva, aprobado por el Tribunal Electoral bajo un enfoque progresista de maximización de derechos, en estricto apego a los principios pro persona y de presunción de inocencia, permite garantizar entre otros derechos humanos el de la reinserción social.