Son ocho las que están supuestamente contempladas en el artículo 38 de la Constitución que impiden a los agraviadores ser postulados a un cargo de elección popular.
✍?Alfredo Pacheco
El Instituto Nacional Electoral (INE) informó que constatará que las personas postuladas a las candidaturas por los partidos políticos para las próximas elecciones de 2024 no hayan incurrido en violencia de género.
El INE señaló que son ocho supuestas violencias de género, contempladas en el artículo 38 de la Constitución, la cual establece que los derechos o prerrogativas del ciudadano se suspenden, entre otros casos, por estar sujeto a un proceso criminal por delito.
En ese sentido, detalló que el primero de estos supuestos es, tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; el segundo: cuando se atenta contra la libertad y seguridad sexuales; y tercero, cuando se afecta el normal desarrollo psicosexual.
Así como, cuarto: es haber incurrido en violencia familiar; quinto, violencia familiar equiparada o doméstica; sexto; violación a la intimidad sexual; séptimo, violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y finalmente, el octavo es haber sido declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En ese sentido, cabe recordar que, desde que se elevó a rango constitucional, la Ley 3 de 3 el pasado mes de noviembre de 2023, a partir de este año no podrán ser postulados a un cargo de elección popular quienes hayan incurrido en violencia familiar, sexual o por negar el pago de la pensión alimentaria.
Para finalizar, el INE recordó que el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, está abierto al público en general para poder consultar la lista de personas inscritas en este.


Discussion about this post