El decreto presidencial afecta más de 663 mil m² en cinco estados del sureste, incluido Chiapas.
Eric Ordóñez/Ultimátum
El Gobierno de México publicó este 21 de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto presidencial por el que se expropia una superficie total de 663 mil 181.80 metros cuadrados, distribuidos en 70 inmuebles de propiedad privada, ubicados en cinco estados del sureste del país, para la ejecución de los tramos 1, 2, 3, 4, 5 y 7 del Proyecto Tren Maya.
La expropiación fue declarada por causa de utilidad pública a favor de la Federación, a través de la empresa estatal Tren Maya, S.A. de C.V. El decreto incluye la ocupación inmediata de los terrenos, así como de las construcciones e instalaciones que formen parte de los inmuebles.
Los predios están ubicados en municipios estratégicos del megaproyecto ferroviario: en Chiapas, el municipio de Palenque; en Tabasco, Balancán; en Campeche, Campeche, Tenabo, Hecelchakán, Calkiní, Champotón, Escárcega y Calakmul; en Yucatán, Tixpéhual, Chocholá, Izamal, Tixkokob, Maxcanú, Umán, Uayma y Mérida; y en Quintana Roo, Solidaridad. Todos ellos se encuentran en los trayectos considerados prioritarios para concluir la obra antes de 2026.
De acuerdo con el documento oficial, el procedimiento de expropiación fue impulsado por Fonatur Tren Maya y Tren Maya S.A. de C.V., quienes solicitaron la adquisición de los inmuebles a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), argumentando la viabilidad técnica y la importancia estratégica de los terrenos para el desarrollo económico, turístico y de movilidad de la región.
La Sedatu emitió el 3 de enero de 2025 la declaratoria de causa de utilidad pública, la cual fue ratificada el 21 de marzo del mismo año. Asimismo, se integraron dictámenes valuatorios del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin), determinando el monto por metro cuadrado a indemnizar, que será cubierto con el presupuesto autorizado de Tren Maya, S.A. de C.V.
El decreto también establece que los propietarios tienen derecho a una indemnización justa y a controvertir únicamente el monto mediante un procedimiento judicial en un plazo de 10 días hábiles posteriores a la notificación. La publicación en el DOF sustituye la notificación personal en caso de desconocerse el domicilio de los propietarios afectados.
Además, se contempla la posibilidad de reversión parcial o total si los inmuebles expropiados no son utilizados para el fin establecido en un plazo de cinco años. La solicitud de reversión podrá ejercerse dentro de los dos años siguientes a dicho plazo.
En el caso de Chiapas, esta medida tiene especial relevancia en el municipio de Palenque, donde el megaproyecto fue anunciado originalmente por el presidente López Obrador en 2018. La región es considerada estratégica por su conexión arqueológica y turística con la zona maya, aunque también ha sido blanco de críticas por sus impactos ambientales y sociales.
La expropiación masiva se suma a otras medidas similares que el gobierno federal ha implementado para garantizar la conclusión del Tren Maya, a pesar de los recursos legales interpuestos por comunidades, organizaciones ambientalistas y propietarios, especialmente en los tramos que cruzan la selva y territorios con patrimonio natural o cultural.

 
			 
			
Discussion about this post