La consejera presidenta del IEPC pidió al Congreso del Estado reformar la LIPE para castigar la violencia política de género.
Candelaria Rodríguez/Ultimátum
La presidenta del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), María Magdalena Vila Domínguez, urgió al Congreso del Estado a reformar la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales (LIPE) de Chiapas para otorgar facultades al Instituto y sancionar a servidores públicos que cometan violencia política contra las mujeres.
Durante su participación en la conmemoración del centenario del sufragio femenino en Chiapas (1925–2025), realizada en el Congreso local ante un auditorio lleno de mujeres representantes de organizaciones feministas, alcaldesas, síndicas, regidoras y funcionarias de los tres niveles de gobierno, Vila Domínguez alzó la voz:
“¡Que se escuche fuerte! Hay presidentes municipales con quejas en el Instituto —aunque no puedo dar detalles de los procedimientos—, pero, aunque determinemos su responsabilidad, no podemos sancionarlos”.
La consejera presidenta sostuvo que, pese a que se están recibiendo quejas por violencia política de género en el ámbito municipal, el IEPC no tiene facultades legales para actuar con firmeza: “Por favor, diputados, diputadas —dijo—, ¡urge! una reunión para llevar a cabo esas reformas y que las autoridades sepan qué no deben hacer. Aunque estoy segura de que lo saben, lo siguen haciendo. Y no nos ha temblado la mano ni nos va a temblar para sancionar a quienes tengamos que sancionar”.
Afirmó que los espacios ganados por las mujeres no se negociarán ni se cederán: “Nosotras no nos vamos a ir. Merecemos vivir libres de violencia y ejercer nuestros cargos sin ningún tipo de agresión”.
Durante su intervención, subrayó que este centenario no es solo una efeméride, sino una exigencia viva: “La participación de las mujeres no se agradece, se reconoce. No se condiciona, se garantiza. Hay que avanzar con memoria, con justicia, con sororidad y con la certeza de que el futuro será con nosotras, o simplemente no será”.
El llamado de Vila Domínguez se sustenta en los artículos 301 y 302 de la LIPE. El artículo 301 establece que son sujetos de responsabilidad por violencia política en razón de género diversos actores, quienes deberán ser sancionados conforme a lo que dispone la ley.
Por su parte, el artículo 302 define las conductas que constituyen violencia política contra las mujeres dentro y fuera de procesos electorales. Entre ellas: obstaculizar derechos de afiliación, ocultar información, impedir registros de candidaturas, entorpecer campañas y atribuirse indebidamente cargos públicos ocupados legítimamente por mujeres.
También incluye cualquier acción u omisión —incluso la tolerancia— que tenga por objeto o resultado limitar o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de las mujeres. Estas conductas, añade, también están tipificadas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


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