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La efímera reforma democrática de Madero

19 de enero de 2026
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La efímera reforma democrática de Madero
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AUSTRAL/RICARDO DEL MURO

En la historia política de México, destaca la Ley Electoral del 19 de diciembre de 1911, mediante la cual el gobierno de Francisco I. Madero aportó dos elementos fundamentales de la democracia mexicana: el voto directo y los partidos políticos.

A más de un siglo de aquella reforma, se han realizado al menos 13 reformas electorales –entre ellas la creación de los diputados de partido en 1963 y la incorporación de los plurinominales en 1977-. Sin embargo, la promesa democrática sigue pendiente: no se han logrado establecer reglas sólidas de convivencia entre una supuesta mayoría electoral y las minorías opositoras.

Ante la Reforma Electoral anunciada por la presidenta Claudia Sheinbaum, el reto es lograr – quizá por primera vez en la historia contemporánea de México – que el Poder Legislativo tenga un carácter representativo, democrático y plural, alejándose de la lógica de las oligarquías partidistas y del fenómeno de los “levanta dedos” y los “chapulines” que saltan de un cargo político a otro sin rendir cuentas, ni responder a la voluntad ciudadana.

La perspectiva histórica permite advertir el contraste con la XXVI Legislatura, elegida gracias a la reforma maderista. Desde su instalación el 16 de septiembre de 1912, hasta su disolución por Victoriano Huerta el 10 de octubre de 1913, tuvo como principal objetivo – de acuerdo con la doctora Josefina Mac Gregor – recuperar la independencia y las facultades que la Constitución de 1857 otorgaba al poder Legislativo, que no eran pocas, antes de la dictadura de Porfirio Díaz.

Timbre de orgullo y base de su legitimidad – destacó la historiadora – fue el hecho de haber sido electa en comicios libres, mediante el voto universal y directo. Esa condición le permitió ostentarse como la primera asamblea popular de México y sostener una actitud crítica e independiente frente al gobierno maderista, aun cuando la mayoría de sus integrantes perteneciera al bloque “renovador” o “gobiernista”.

La Cámara de Diputados estuvo dominada por el grupo renovador, ligado al Partido Constitucional Progresista, surgido del maderismo y alienado con su programa. En minoría se encontraban los diputados católicos y tres grupos llamados “independientes”: dos cercanos a los principios revolucionarios, vinculados a los partidos Liberal y Antirreeleccionista, y un tercero, más opositor al régimen, integrado por personajes que había colaborado con el gobierno porfirista.

Entre estos últimos figuraban los integrantes del célebre “Cuadrilátero” (Nemesio García Naranjo, Querido Moheno, José María Lozano y Francisco de Olaguíbel), así como representantes de familias influyentes, como Carlos B. Zetina y Tomás Braniff. El grupo católico, uno de los más sólidos y mejor definidos, se ubicó por lo general en una posición opuesta a la de los renovadores y mantuvo una crítica frontal al gobierno maderista.

Tras el golpe de Estado de febrero de 1913 y los asesinatos de Madero y Pino Suárez, la XXVI Legislatura se convirtió en un foco de resistencia frente la dictadura de Huerta. Sin embargo, después de su disolución, padeció una verdadera diáspora política: varios de sus integrantes fueron encarcelados o asesinados, como ocurrió con el senador Belisario Domínguez y los diputados Serapio Rendón y Adolfo Gurrión.

Otros se sumaron al movimiento constitucionalista encabezado por Venustiano Carranza, mientras que no pocos optaron por colaborar con el régimen huertista, como Querido Moheno, Rodolfo Reyes, José María Lozano, Francisco León de la Barra y Jorge Vera Estañol.

La reforma maderista de 1911 – y su consecuencia, la XXVI Legislatura -, fueron un “ensayo democrático” cuyo principal objetivo era abrir la competencia, evitar que el Congreso siguiera siendo una dependencia del Ejecutivo y recuperar el sentido deliberativo del Poder Legislativo. En un país marcado por décadas de centralismo y disciplina política, Madero buscó que la voluntad ciudadana —expresada en elecciones más abiertas— se tradujera en una Cámara con mayor autonomía.

Con la nueva Constitución, promulgada el 5 de febrero de 1917, la bandera maderista de “sufragio efectivo, no reelección” quedó incorporada al diseño electoral del nuevo régimen: el voto directo para elegir al Presidente y a los diputados (arts. 81 y 51) y, sobre todo, la prohibición de la reelección presidencial (art. 83), como respuesta institucional a las prácticas continuistas del porfiriato.

Además, la Constitución de 1917 estableció los fundamentos del régimen democrático mexicano al afirmar la soberanía popular (art. 39), definir a México como una república representativa, democrática y federal (art. 40) y establecer la división de poderes (art. 49), aunque mantuvo por décadas la calificación política de las elecciones en manos del propio Congreso (art. 60).

Al día siguiente, Venustiano Carranza decretó la Ley Electoral del 6 de febrero de 1917 y convocó a elecciones extraordinarias de Presidente de la República, así como de diputados y senadores al Congreso de la Unión, que conformarían la XXVII Legislatura Federal. Finalmente, el primero de mayo de 1917, Carranza rindió protesta como Presidente Constitucional.  

Aunque la Ley Electoral de 1917 confirmó el voto directo como regla para elegir al Presidente y a los representantes federales, la lógica de la norma carrancista – a diferencia del impulso democratizador de la reforma maderista – no se centró en ampliar la representación ciudadana, sino en reconstruir y consolidar el Estado surgido de la Revolución.  

La organización de los comicios quedó principalmente en manos de autoridades políticas y administrativas, lo que abrió un amplio margen de intervención del gobierno y de los poderes locales. Además, se mantuvo el esquema donde el Congreso calificaba la validez de sus propias elecciones, reforzando el control de las mayorías sobre los resultados. En conjunto, se trató de una ley orientada más a asegurar la estabilidad del nuevo régimen que en garantizar una competencia plenamente imparcial.

Este proceso de centralización culminó con la Ley Federal de 1946, que coincidió con la reestructuración del Partido de la Revolución Mexicana (PRM) en Partido Revolucionario Institucional (PRI). Esta legislación, que estuvo vigente hasta 1973, federalizó los procesos electorales, estableció una comisión de vigilancia y fijó reglas de registro de partidos. Con ello se consolidó un modelo de partido hegemónico y la concentración de poder en el Presidente de la República.

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