Fue inscrito en el Registro Nacional por Violencia Política en Razón de Género
Sarah Valenzuela/Ultimátum
TGZ
En sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) sancionó al presidente municipal de San Cristóbal de las Casas, Mariano Díaz Ochoa, por Violencia Política en Razón de Género, en contra de la síndica municipal Victoria Ruiz Olvera.
El edil sancristobalense será inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS), es decir, el alcalde coleto no podrá ser elegible para participar en el proceso electoral 2024, ya que cualquier persona sancionada por este tipo de delitos queda privada de ese derecho.
Se trata de un Procedimiento Especial Sancionador, en el que se determina administrativamente responsables a diversas personas servidoras públicas del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, por la realización de conductas que constituyen Violencia Política en Razón de Género.
Por lo anterior, se ordena que sean inscritas en los Registros Nacional y Estatal de Personas Sancionadas por VPRG. (Las temporalidades son cinco años y 4 meses para una persona, dos años y ocho meses para otra, y un año y cuatro meses para ocho personas).
Asimismo, deberán ofrecer una disculpa pública a la víctima. En dicha sesión ordinaria, el Consejo General aprobó las resoluciones de los diversos Procedimientos Ordinarios Sancionadores iniciados de oficio:
-En contra de una persona integrante de un Ayuntamiento por promoción personalizada, a quien se le sanciona con una multa de 207 mil 480 pesos, y se dará vista al partido político Morena.
-En contra de una persona diputada federal, por promoción personalizada, por lo que se ordena dar vista a la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, y al partido político Morena.
-En contra de una persona integrante del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, por promoción personalizada; por lo anterior, se dará vista al pleno de dicha instancia para que, de acuerdo a su competencia, proceda conforme a derecho corresponda.
-En contra de una persona integrante de un Ayuntamiento, por promoción personalizada, a quien se le sanciona con una multa de 207 mil 480 pesos, y se dará vista al partido político Morena.
-En contra de una persona Servidora Pública del Ejecutivo estatal, por promoción personalizada, actos anticipados de campaña, y violación a los Lineamientos para regular los actos, actividades y propaganda realizados en los procesos políticos. Por lo anterior, se dará vista al gobernador del estado de Chiapas, a la Unidad Técnica de Fiscalización Electoral, y al partido político Morena.
-En contra de una persona diputada federal, por la realización de promoción personalizada de servidores públicos; por lo anterior, se ordena dar vista a la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados y al partido político Morena..

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