En ausencia de los progenitores, los abuelos ejercerán el derecho.
Alfredo Pacheco / Ultimátum
En Chiapas, toda persona que cometa el delito de feminicidio o su tentativa perderá la patria potestad de sus hijos. Esto luego de que el Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Civil, con la que se fortalece la protección de niñas, niños y adolescentes que han quedado en situación de orfandad por este tipo de delitos.
Durante una sesión extraordinaria, las y los legisladores chiapanecos avalaron el decreto por el cual se reformó el artículo 409 y se adicionó la fracción XI al artículo 439 del Código Civil para el Estado de Chiapas.
La modificación al artículo 409, en su fracción II, establece que los abuelos ejercerán la patria potestad en ausencia o por imposibilidad de la madre o el padre. La misma regla de preferencia aplicará en el caso de hijas o hijos reconocidos. En situaciones de controversia, el juez deberá resolver en beneficio del interés superior de la infancia.
Por su parte, la nueva fracción XI del artículo 439 determina que se pierde la patria potestad cuando quien la ejerce es condenado por sentencia firme por el delito de feminicidio o su tentativa, cometido en contra de la madre de los menores.
Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, explicó que con esta reforma se impide que los feminicidas conserven derechos sobre sus hijos. También se evita que puedan ser liberados antes de cumplir su condena por beneficios como buena conducta.
En tanto, el diputado Mario Guillén, presidente de la Junta de Coordinación Política, destacó que esta iniciativa endurece las disposiciones legales en materia de patria potestad, tomando como referencia reformas similares en otros estados, como Puebla.
“Nuestra ley no lo establecía con claridad. El feminicida seguía manteniendo sus derechos como padre del menor y podía reclamar ciertos beneficios. Hoy, con esta iniciativa, estamos legislando realmente a favor de las infancias”, expresó Guillén.
