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Menores agresores; la edad no puede dar impunidad

14 de agosto de 2026
in Opiniones
Menores agresores; la edad no puede dar impunidad
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PUNTO DE FUGA/Alfredo Pacheco 

-Tanto activistas como funcionarios coinciden en que urge legislar casos de violencia sexual cometidos por adolescentes

Hay una discusión en Chiapas y en México que ya no se puede seguir aplazando: ¿qué debe ocurrir cuando un adolescente comete una agresión sexual contra otra niña, niño o adolescente? Ya que la edad no puede dar impunidad

La respuesta no puede reducirse a una llamada de atención, una terapia o un acuerdo que deje a la víctima y a su familia con la sensación de que el daño nunca fue realmente reconocido.

Platiqué con la señora Maricruz Velasco Nájera, presidenta de la Fundación Karla Velasco, quien plantea una posición que merece ser tomada en cuenta, se necesitan iniciativas legislativas específicas para este tipo de casos. 

Es una realidad que no basta con reconocer que las niñas y los niños no deben ser tocados ni violentados; el Estado también tiene que garantizar que cuando una agresión ocurre exista una consecuencia jurídica proporcional y mecanismos capaces de impedir que vuelva a suceder.

Y aquí está el punto que debería ocupar a nuestros legisladores: no se trata simplemente de pedir castigos más severos porque sí. Se trata de revisar si el modelo actual de justicia para adolescentes está funcionando cuando se trata de delitos sexuales graves.

Velasco Nájera insiste en que las legisladoras y los legisladores deben analizar el problema y construir una iniciativa que deje un precedente. Su preocupación parte de algo elemental: si una conducta grave no recibe una respuesta adecuada, se corre el riesgo de que el agresor y su entorno interpreten que no existen consecuencias reales.

La discusión adquiere todavía mayor relevancia cuando se conocen los testimonios que ha acompañado la sociedad civil.

En ese sentido, Elena Torres Villanueva, presidenta de la Fundación Granito de Arena, me narró el caso de Fátima, una niña de 12 años que fue secuestrada, agredida sexualmente y asesinada en 2015 en Lerma, Estado de México. 

Destaca que su caso volvió a cobrar fuerza este año con una iniciativa federal denominada “Ley Fátima Quintana”, que busca tipificar el feminicidio infantil y establecer sanciones específicas. La propuesta fue turnada a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

Elena es enfatica, Fátima no debe convertirse únicamente en el nombre de una reforma. Debe ser un recordatorio de lo que ocurre cuando las instituciones llegan tarde.

La activista relató que tuvo la oportunidad de conocer a Lorena, madre de Fátima, y escuchar de cerca su historia. Según su testimonio, la niña sufrió una violencia sexual y física extrema antes de que uno de sus agresores, menor de 18 años, terminara con su vida.

El caso es brutal precisamente porque demuestra que la edad del agresor no necesariamente disminuye la dimensión del daño provocado.

Y hay otra pregunta que resulta imposible evadir: ¿qué significa realmente reparar a una víctima?

Torres Villanueva relató también el caso de una niña de cinco años atendida por Granito de Arena, quien permaneció tres días hospitalizada después de una agresión y cuyo caso derivó, según explicó, en un procedimiento abreviado con una reparación de 11 mil pesos.

¿Once mil pesos reparan una agresión sexual contra una niña de cinco años?

Por supuesto que no.

Una reparación integral no puede reducirse a una cantidad de dinero. Tiene que contemplar atención psicológica especializada, acompañamiento a la víctima y su familia, garantías de no repetición y un proceso de justicia que reconozca la gravedad de lo ocurrido.

Precisamente por ello, la discusión sobre la justicia para adolescentes debe abandonar los extremos. No se trata de convertir a todos los menores que delinquen en adultos ante la ley ni de imponerles penas desproporcionadas. Tampoco se trata de ignorar que son personas en desarrollo y que tienen derecho a la reinserción.

Pero tampoco podemos construir un sistema que termine protegiendo más al agresor que a la víctima.

Tras platicar con las activistas, busqué a la diputada local de Movimiento Ciudadano, Andrea Negrón, quien me señaló que algo que resulta particularmente importante, las sanciones también tienen una función preventiva: inhibir futuras conductas y evitar que la violencia escale.

Y sobre la posibilidad de establecer consecuencias más severas para adolescentes que cometen delitos graves, particularmente agresiones sexuales, la postura de la legisladora emecista es clara: considera que es un asunto que debe analizarse con responsabilidad jurídica y social, porque la condición de menor de edad no puede utilizarse para justificar que conductas sumamente graves y lesivas tengan consecuencias limitadas.

Este asunto es complejo ya que endurecer las sanciones no significa abandonar la rehabilitación, en ese sentido las activistas también plantean que los adolescentes que cometen este tipo de conductas necesitan atención especializada que permita determinar si existe una posibilidad real de reinserción y, sobre todo, reducir el riesgo de reincidencia.

Honestamente creo que este tema debe ser abordado por el Congreso del Estado en el próximo periodo ordinario de sesiones, pues se han hecho reformas en pro de las infancias como lo son el castigar la cohabitación forzada, y la más reciente que le garantiza los alimentos a los menores al cerrar la pinza para que los deudores alimentarios morosos cumplan con su responsabilidad.

PERSPECTIVA

Aún no arrancan formalmente las campañas electorales, pero conforme se acerca el 2027 los aspirantes y suspirantes no se miden; el IEPC acumula 61 quejas por presuntos actos anticipados de campaña, promoción personalizada y violencia política contra las mujeres en razón de género; de estas 22 expedientes ya fueron resueltos, algunos con medidas cautelares y sanciones económicas.

La cifra debería ser una llamada de atención, pues las reglas establecen tiempos y condiciones para competir, nadie debería intentar sacar ventaja de su cargo para promocionar su imagen antes de que llegue el momento; el IEPC actua con firmeza e imparcialidad, pero también con apego al debido proceso, aunque tras las impugnaciones será el Tribunal Electoral el que tendrá la última palabra sobre las resoluciones que sancionan a esos adelantados.

¡Hasta la próxima!

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