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COLUMNA: BALANZA LEGAL

12 de diciembre de 2023
in BALANZA LEGAL, Opiniones
COLUMNA: BALANZA LEGAL
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“La tipificación penal y administrativa del maltrato animal”

Rodolfo L. Chanona/Ultimátum

A principios del mes de diciembre por acuerdo del Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, se apro­bó el dictamen de cumplimiento del porcentaje de apoyo ciudadano al me­canismo de participación ciudadana de iniciativa popular, denominado “Iniciativa de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Protección para la Fauna del Estado de Chiapas y del Código Penal para el Estado de Chiapas”, tramitado ante el Congreso del Estado por parte del colectivo denominado “Maltrato Animal al Código Penal”.

Dictaminándose con base al nú­mero de inscritos e inscritas en la Lis­ta Nominal de Electores del Proceso Electoral 2021 del Estado de Chia­pas que corresponde a un total de 3,780,216 ciudadanas y ciudadanos, en consideración a que, uno de los requisitos para activar el instrumento de democracia directa de Iniciativa Popular contemplado en el Código de Elecciones y Participación Ciuda­dana, es contar con el 1% del apoyo ciudadano, es decir, de un número mínimo de 37,802.16 ciudadanas y ciudadanos.

Por lo que, de acuerdo a los resul­tados de la verificación y cotejo rea­lizados, se obtuvo de dicho ejercicio, un total de 39,767 registros válidos de la ciudadanía, determinándose por el órgano electoral como porcentaje vá­lido alcanzado, el del 1.05% de apoyo de la ciudadanía para dicha iniciativa.

No obstante, el 14 de noviembre de los presentes, diputados del Grupo Parlamentario del Partido de MORE­NA, presentaron ante la Mesa Direc­tiva del Congreso del Estado, presi­dida por la Diputada Sonia Catalina Álvarez, una iniciativa de Decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Protección para la Fauna en el Es­tado de Chiapas, con la finalidad de establecer los parámetros, acciones, conceptos y consecuencias de las con­ductas que podrían llegarse a realizar en contra de animales de compañía como parte de los animales domésti­cos, por actos que estén configurados como maltrato.

De tal manera que, las personas que resulten responsables del maltra­to o crueldad, sean sancionados ad­ministrativamente por la Secretaría del Medio Ambiente e Historia Natu­ral SEMAHN y por los ayuntamientos del Estado, según corresponda.

Ante este escenario, los legislado­res chiapanecos se ven obligados a es­tudiar debidamente el tema, para que en las modificaciones que realicen tanto a la legislación administrativa como a la legislación penal, determi­nen normas que no solo protejan de maltrato y crueldad a los animales de compañía como parte de los animales domésticos, sino que esta regulación normativa debe hacerse extensiva a todos los animales en general, ha­ciendo énfasis en el sufrimiento que se provoca a los animales, mediante actos de tortura, zoofilia y sadismo.

Definiendo correctamente los conceptos de crueldad y maltrato, estableciendo parámetros y acciones precisas para sancionar este tipo de conductas, debiendo fortalecerse las sanciones económicas y no reducirse como lo prevee, la iniciativa presenta­da por Morena, toda vez que, la con­versión de salarios mínimos a UMAS que se propone en la iniciativa, reduce considerablemente el monto de la cantidad en dinero establecido como sanción económica.

Actualmente en casi todo el país, el maltrato a los animales ha sido con­siderado como un delito, con penas que van desde un mes hasta seis años en prisión; Chiapas es el único estado en donde el maltrato animal, toda vía no se ha considerado como delito, aunque no dudamos que pronto, se legisle al respecto.

Desafortunadamente aún en la legislación mexicana, no se les reco­noce derechos a los animales, aunque sí existe un marco jurídico que los protege, el cual parte del reconoci­miento al derecho al medio ambiente sano, por parte del artículo 5º. de la Constitución, el cual determina que, “toda persona tiene derecho a un me­dio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, y que el Estado debe ga­rantizar el respeto a este derecho”.

De este modo, aunque no los men­ciona por su nombre, la Constitución estipula que debemos de cuidar de los animales por el simple hecho de que forman parte del medio ambien­te sano al que tenemos derecho. Sin embargo, es indispensable que el le­gislador federal, empiece a retomar el tema para definir claramente la protección animal en nuestra Consti­tución Federal, como ya lo han hecho otros paises y se deben generar po­líticas públicas que conlleven a for­mar una cultura en la ciudadanía de respeto y protección a los animales, toda vez que, el problema del maltra­to animal es mucho más grande de lo que se puede ver a través de los casos documentados en las redes sociales.

En un estudio realizado por César Giles Navarro, sobre el maltrato ani­mal y sus sanciones en México, nos relata que, de acuerdo con la organi­zación defensora de los animales Ani­maNaturalis, México ocupa el primer lugar en Latinoamérica en maltrato animal y el tercero a nivel mundial; estimándose que 7 de cada 10 anima­les domésticos sufren de algún tipo de maltrato en nuestro país y más del 70% de los perros se encuentra en una situación de calle, mientras que para el caso de los gatos es más del 60%.

Razón por lo que apelamos a nuestros legisladores chiapanecos, para que se conviertan en un refe­rente nacional en la protección del maltrato animal.

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